PRINCIPALES MODIFICACIONES FISCALES 2013
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
1.- Se elimina la deducción por adquisición de vivienda habitual.
2.- Se añade la disposición transitoria decimoctava, por la que los contribuyentes que hayan adquirido con anterioridad a 1 de enero de 2013 su vivienda podrán seguir disfrutando de la deducción por adquisición de vivienda.
También quien haya satisfecho cantidades antes de 1 de enero de 2013 para la construcción de su vivienda, rehabilitación o ampliación de la misma o adecuación de la vivienda para personas con discapacidad (debe finalizarse antes de 01/01/2017).
Es necesario, en todo caso, que el contribuyente hubiera practicado la deducción por adquisición de vivienda en la renta de 2012 (o anterior)
3.- Se elimina definitivamente las Cuentas Vivienda y se establece la obligación de devolución de deducciones anteriores en la renta de 2012 (sin intereses)
4.- Régimen fiscal aplicable a las ganancias del juego a partir de 1/1/2013
Se suprime la exención de las ganancias de lotería, quinielas, …
Se introduce un gravamen del 20% de las ganancias del juego, que será aplicable básicamente mediante sistema de retención en el momento del pago de los premios (en caso de no existir retención el beneficiado está obligado a presentar autoliquidación)
Se establece una exención de 2.500 euros
Las ganancias y retenciones no se integrarán en la declaración de renta.
5.- Ganancias patrimoniales generadas en menos de 1 año
Las ganancias patrimoniales generadas en menos de un año se integrarán en la base imponible general (hasta 57% de cuota)
Las ganancias a más de un año en la base especial (19-27%)
Las pérdidas generadas en más de un año se compensarán únicamente con las ganancias generadas en más de un año y las pérdidas generadas en menos de un año con las ganancias generadas en menos de una año
6.- Valoración de la retribución en especie de la utilización de la vivienda
Vivienda propiedad del pagador à 10% del valor de la vivienda (5% en municipios revisados a partir de 1994)
Vivienda no propiedad del pagador à Coste del pagador (mínimo 10% valor vivienda o 5% en municipios revisados). En caso de ya venir disfrutando de la vivienda con anterioridad a 4/10/12 se puede aplicar el sistema antiguo de valoración durante el 2013.
7.- Se prorroga durante el 2013 la reducción por mantenimiento o creación de empleo.
8.- Se añade limitación a la aplicación de la reducción del 40% para cantidades generadas en más de 2 años.
Impuesto sobre el Patrimonio
Se prorroga el impuesto del patrimonio durante el año 2013.
En Catalunya se baja el mínimo exento del impuesto de 700.000 a 500.000 euros y se suben las tarifas del mismo con efectos 2012.
Impuesto de Sociedades
Se limitan las amortizaciones a grandes empresas.
Se prorroga durante el 2013 la reducción por mantenimiento o creación de empleo.
Se prevé la posibilidad de realizar una actualización de balances, actualizando los elementos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Se modifican las adjudicaciones de promociones de una comunidad de bienes a sus comuneros, considerándose entrega de bienes.
Se modifica el artículo 80 (reducción de la base imponible por créditos incobrables).
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Anotaciones preventivas exentas si vienen ordenadas por autoridad judicial o administrativa.
Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito
Se introduce un nuevo impuesto a las entidades de crédito en el territorio español.
Disposición final cuarta
Obliga a presentar la autoliquidación, liquidación o comunicación del impuesto de plusvalía (IIVTNU) para practicar la correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad.
Modificaciones fiscales 2013.pdf
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