Principales novedades de la LAU

 

LEY 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas

 

 

Principales novedades introducidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos:

 

Entrada en vigor 6 de junio de 2013

 

Introduce la posibilidad de pactar un Arbitraje y la posibilidad de señalar como domicilio a efectos de notificación una dirección electrónica de correo

 

Para que el contrato de arrendamiento surta efectos sobre terceros debe estar inscrito en el Registro de la Propiedad

 

La prórroga obligatoria pasa de 5 años a 3 años

 

No hay prórroga si el propietario o familiar necesita la vivienda, siempre que haya pasado un año de arrendamiento y se preavise con dos meses de antelación

 

Prórroga tácita: finalizados los 3 años de duración del arrendamiento, si ninguna parte dice nada con 30 días de antelación, se prorroga por un año más.

 

Desistimiento arrendatario. El arrendatario puede desistir del arrendamiento a partir del sexto mes y mediante un preaviso 30 días

 

En caso de que el arrendador deje de ser propietario (por venta, ejecución hipotecaria, …) el inquilino perderá sus derechos arrendaticios, salvo que el contrato esté inscrito en el Registro de la Propiedad

 

Actualización renta Actualización anual, según pactos entre las partes

En defecto de pacto entre partes, se aplicará el IPC

 

Derecho adquisición preferente: Puede pactarse con independencia de la duración del arrendamiento. El propietario deberá avisar al inquilino con una antelación de dos meses.

 

Ley 4-2013.pdf
Documento Adobe Acrobat [239.9 KB]