Sentencia TJ UE, de 27 de febrero de 2014 (Céntimo sanitario)

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 27 de febrero de 2014, asunto C-82/12, determina que el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos es contrario al derecho comunitario


La sentencia establece que no procede limitar en el tiempo los efectos de la misma, por lo que se podrá reclamar, aparte de los ingresos indebidos realizados en los ejercicios no prescritos, el resto de las cantidades pagadas por el procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, conforme a lo previsto en los artículos 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para lo que el plazo es de un año desde que se emitió la sentencia que declaraba contraria al derecho de la UE la norma nacional.

 

En cualquier caso será imprescindible para proceder a la solicitud de la devolución la presentación de las facturas correspondientes.

Sentencia TSJE centimo sanitario.pdf
Documento Adobe Acrobat [337.5 KB]